Recurso de Reposición, Alzada y Contencioso Administrativo
En el caso de que su solicitud de autorización sea del tipo que sea, le sea DENEGADA, podremos realizar un recurso de reposición o alzada (en el plazo de 1 mes desde su notificación), para agotar la vía administrativa, o bien interponer directamente un recurso contencioso administrativo (en el plazo de 2 meses desde su notificación), e ir a la vía judicial, siendo un juez quien resuelva sobre la denegación. En todos los recursos, tratamos de fundamentar y probar que la denegación de su permiso ha sido inadecuada, injusta o que no se han valorado bien las pruebas o documentos aportados.
93 424 44 57
santos-sarda@icab.cat
Av. Paralelo 134, entlo. 2ª 08015 Barcelona
Desarrollo Web Pandacoc
Copyright © 2021. Todos los derechos reservados