Modificación de las Medidas Acordadas en Sentencia
Una vez tenemos una Sentencia, puede darse el caso, que las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de dictar la Sentencia, hayan cambiado de manera sustancial por el paso del tiempo; Bien sea por cambios en la vida de las partes, de los hijos e incluso de la Ley y la Jurisprudencia. En estos casos, es cuando debemos interponer una demanda de modificación de medidas, demostrando que existen nuevos cambios que no se tuvieron en cuenta en el momento de dictarse la sentencia, y que son cambios se van a mantener en el tiempo.
A modo de ejemplo, podría ser que una de las partes deba cambiar de población y sea imposible mantener el régimen de visitas que estableció la Sentencia; O se fijó una pensión alimenticia a favor del hijo y éste ahora es totalmente independiente económicamente, etc …
El procedimiento de modificación de medidas, puede ser de mutuo acuerdo (firmando un Convenio Regulador) o Contencioso (Juicio). Es indiferente que la Sentencia que pretendemos modificar se haya dictado por la vía amistosa o contenciosa.
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