Reconocimiento Judicial de Sentencia Extranjera (Exequatur)
Reconocimiento Judicial de Sentencia Extranjera (Exequatur)
Este procedimiento está previsto para todas aquellas personas que se han separado, divorciado, o simplemente tengan una Sentencia de guarda y custodia, dictada en otro país.
En este caso, para que la Sentencia dictada por Juez de otro país, tenga efectos en España, es decir, pueda ser ejecutada y tenga valor en España, debe realizarse el procedimiento de Reconocimiento Judicial de Sentencia Extranjera. Es un procedimiento que sólo reconoce y vela que no sea contraria a nuestro Derecho, pero no se vuelve a Juzgar.
93 424 44 57
santos-sarda@icab.cat
Av. Paralelo 134, entlo. 2ª 08015 Barcelona
Desarrollo Web Pandacoc
Copyright © 2021. Todos los derechos reservados