Tarjeta Comunitaria
Los familiares de un ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando le acompañen o se reúnan con él, podrán residir en España por un período superior a tres meses, estando sujetos a la obligación de solicitar y obtener una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, deberá ser trabajador por cuenta ajena o propia, o ser estudiante matriculado; Asimismo, deberá disponer de recursos económicos suficientes y tener seguro médico.
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